El exdirector de talento humano de la gobernación en el periodo de Sandra Paola Hurtado, Héctor Mario Campuzano Londoño; el exdirector del Fondo Territorial de Pensiones, José Reinel Henao López (quien también es exalacalde de Quimbaya); y la contratista de la misma entidad, Laura Marcela Quintero Gómez, fueron acusados del delito de prevaricato por acción, en audiencia de imputación de cargos realizada este martes 29 de agosto de 2017 en el palacio de Justicia de Armenia.
En revelaciones hechas por el diario La Crónica del Quindío, el fiscal Jorge Eduardo García Giraldo sostuvo que Campuzano Londoño emitió 28 resoluciones que atentan contra la ley, en las que declaraba protección especial a igual número de funcionarios de la administración pasada. Los documentos fueron revisados y elaborados por Henao López y Quintero Gómez.
“La figura de retén social o protección especial prohíbe el retiro de sus empleos a las madres cabeza de familia sin alternativa económica, las personas con limitaciones físicas, mentales, visuales o auditivas y a los servidores que cumplan con la totalidad de los requisitos de edad y tiempo de servicio para disfrutar de su pensión en el término de tres años anteriores a la materialización de dicho derecho», explicó el fiscal, quien manifestó que los actos administrativos emitidos por el exfuncionario no están basados en ninguna de las situaciones en las que la ley permite hacer la protección especial.
Los actos administrativos no indican que la administración haya emprendido un programa de renovación o que las personas se encontrasen en situación de vulnerabilidad a la estabilidad del empleo, excepto el cambio de gobierno departamental, que se daba a los 16 días siguientes a la publicación, situación que no encaja en los requisitos. Por el contrario, se evidenció que la determinación la precedió el propósito de boicotear las decisiones de la nueva administración en materia de nombramientos.
El funcionario agregó que “Campuzano no cumplía como autoridad administrativa, ya que la voluntad de la administración debe ser expresada por su representante legal, en este caso la exgobernadora Sandra Paola Hurtado Palacio. Además, en los documentos, al no invocar a la autoridad competente, se hace referencia a la gobernación del Quindío, figura que nunca responde a una autoridad pública, sino al lugar físico donde se despacha”.
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Las condenas por este topo de delitos están estipuladas entre los 48 y 144 meses de prisión y multas entre los 66 y los 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes, además de la inhabilidad para ejercer cargos públicos de entre 80 y 144 meses.
Los acusados no aceptaron los cargos que se les imputaron. El proceso se dio como resultado de una denuncia penal instaurada en enero de 2016 por la secretaria Administrativa del Quindío, Catalina Gómez Restrepo, y el secretario de Representación Judicial y Defensa del Departamento, Jamer Chaquip Giraldo Molina.
Con información: La Crónica del Quindío
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