Diego Fernando Arias Uribe, Ricardo Alfonso Celis Rojas, César Augusto Bolívar Cárdenas y John Fernando López Casas, fueron suspendidos por 3 meses, tras fallo en primera instancia de la Procuraduría Provincial de Armenia revelado por el diario La Crónica del Quindío.
De acuerdo con el ente de control los concejales se habrían extralimitado en el ejercicio de sus funciones en el año 2016, cuando siendo miembros de la Junta Directiva del Concejo Municipal de La Tebaida, otorgaron licencias temporales no remuneradas a la concejala Ana Milena Restrepo Murillo, en los periodos comprendidos del 30 de agosto al 30 de noviembre de 2016, y del 28 de febrero al 28 de junio de 2017.
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El fallo sancionatorio de primera instancia, va dirigido a Arias Uribe, quien fungía como presidente de la corporación; Celis Rojas, primer vicepresidente; Bolívar Cárdenas, segundo vicepresidente, y López Casas, en calidad de presidente del concejo municipal para el año 2017.
“Con este comportamiento, los disciplinados vulneraron, entre otras normas, el artículo 134 de la Constitución Política, que señala que los miembros de las corporaciones públicas de elección popular no tendrán suplentes. Solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley por los candidatos no elegidos que, según el orden de inscripción o votación obtenida, le sigan en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral”, dice el informe de la Procuraduría.
Asimismo, indica que transgredieron el numeral 1 del artículo 34 del Código Disciplinario Único, que contempla que todo servidor público debe cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la constitución, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones.
“Los miembros de la corporación municipal incurrieron en falta disciplinaria grave, cometida a título de culpa gravísima. Contra esta decisión, dada a conocer en audiencia pública, se interpuso recurso de apelación ante la Procuraduría Regional del Quindío”.
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Entre tanto los afectados apelaron la decisión argumentando que no hubo ningún tipo de afectación en el patrimonio de la alcaldía ni en el funcionamiento del concejo. “Nuestro principal argumento es que la sentencia dice que está prohibido dar licencias y a los presidentes posesionar o permitir que se posesione el concejal que sigue en la lista cuando alguien renuncia y nosotros no permitimos eso, entonces no se pagó ni a la concejala que estaba de licencia ni a nadie, que es finalmente la esencia del fallo, no permitir que hayan reemplazos temporales”.
López Casas también informó que César Augusto Bolívar no está ejerciendo como concejal actual, ya que renunció a su cargo al poco tiempo de ser elegido. “Si queda en firme el fallo, él tendrá que pagar esa suspensión de otra manera, creo que es por medio de una multa económica”.
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