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Procuraduría formuló cargos contra rector de la Uniquindío y otros 6 funcionarios

rector uniquindio

La Procuraduría General de la Nación -PGN- formuló pliego de cargos a 7 funcionarios de la universidad del Quindío, entre los que se encuentran el rector José Fernando Echeverry Murillo, y los integrantes del comité evaluador del proceso contractual conformado por: la vicerrectora administrativa, Estella López Cadavid; y los profesionales Juan Felipe Pérez Acosta, Gloria Patricia Villa Montoya, María Cristina Posso Echeverri, Gustavo Aguirre Salazar, y Jenuarren Solarte Mosquera.

Los funcionarios habría incurrido en presuntas irregularidades en el proceso de Invitación pública para la prestación del servicio de vigilancia del alma mater.

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Para la Procuraduría Regional del Quindío la adjudicación del contrato a la empresa de vigilancia Emmanuel Ltda., se habría hecho de manera irregular, pues esta no habría aportado la licencia de funcionamiento vigente o en trámite con la presentación de la propuesta, y su oferta económica no se ajustaba a los precios y condiciones del mercado.

El rector y a la vicerrectora presuntamente tuvieron conocimiento de estas irregularidades y no declararon la nulidad de lo actuado, lo que iría en contravía de lo establecido en el Estatuto de contratación de la universidad.

Por estos hechos el ministerio Público calificó provisionalmente la conducta de los investigados como constitutiva de falta disciplinaria grave cometida a título de culpa gravísima, en el supuesto de comprobarse que desatendieron normas de obligatorio cumplimiento.

 

El rector emitió comunicado a la opinión pública

Tras conocida la situación, desde la universidad del Quindío emitieron comunicado a la opinión pública en el que el rector José Fernando Echeverry se refiere al pliego de cargos en su contra:

«No es ajeno para nadie que, un grupúsculo con intereses alejados al bien del alma mater que represento, ha intentado por todos los medios, incluso los menos ortodoxos y más mezquinos, de sabotear y desconocer, quizás la más limpia y transparente de las últimas elecciones de rector de la Universidad del Quindío.

Digo lo anterior, porque no basta sino recordar el talante y la insospechable probidad y la reconocida imparcialidad con que actuaron los miembros del Consejo Superior de la Universidad que participaron en mi elección; es un insulto pretender siquiera, desconocer las calidades y trayectoria de dichos consejeros. Y mucho menos cuando se han amparado bajo la voz activa de las mayorías estamentarias que manifestaron su voto en las urnas en favor de los recientes logros institucionales y de mi trayectoria de más de 20 años en la Institución.

Tan clara y apegada a la Ley y al ordenamiento jurídico fue mi postulación y elección como rector de la Uniquindío que, no sólo el Tribunal Administrativo del Quindío sino también el Honorable Consejo de Estado, como máxima autoridad de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y acompañados por el Ministerio Público, a quienes se sometió el control de legalidad del asunto, de manera unánime y en sendas decisiones judiciales, así lo manifestaron; incluso llamándole la atención al accionante – depositario de odios propios y ajenos – por pretender hacer incurrir en error a los operadores judiciales, con citas descontextualizadas de sentencias de las altas Cortes, que obviamente no iban a pasar por alto los funcionarios judiciales del más elevado rango que conocieron el asunto. Veamos:

«Ahora bien, no se desconoce que en efecto en la sentencia en cita, la Corte Constitucional afirma que la autoridad reconocida a los jueces para llevar a cabo medidas correccionales se enmarca dentro de los poderes disciplinarios; sin embargo, considera la sala que dicha consideración fue traída por el recurrente de manera descontextualizada, alterando su sentido y alcance, en cuanto no tiene relación directa e inescindible con las censuras que expuso el accionante en esa oportunidad ni mucho menos con la parte resolutiva de la providencia, máxime cuando no se demandan los incisos en los que se instituyen los poderes correccionales del juez del desacato; por consiguiente, no es exigible su aplicación al caso concreto, en calidad de precedente.

Esta es la radiografía mejor lograda del actuar del grupúsculo que pretende a toda costa, frenar el proceso de crecimiento institucional de nuestra alma mater, desconocer los procesos relevantes de nuestra Universidad,reconocidos nacional e internacionalmente y que son ejemplo incluso,para otros entes educativos.

Todos los estamentos que conforman la Uniquindío,y la sociedad en general,deben tener la certeza y la tranquilidad que nuestro proceder esta acompañado del respeto y el apego a las normas, enmarcado dentro de nuestro Estado Social de Derecho, como lo dicen las propias autoridades judiciales; seguramente no somos perfectos, quienes dirigimos esta institución somos personas, cometemos errores y por ende existirán aspectos que deberán revisarse y ajustarse, pero jamás actuaremos con el ánimo subjetivo,pendenciero y dañino de nuestros detractores.

Se cierra entonces otro capítulo con el que pretendieron,los enquistados odios que desterramos en beneficio de la Institución, no hacerme daño a mí como cabeza de la Universidad, sino a la Institución misma, pero que por fortuna y ajustándose a derecho, el Consejo de Estado en hora buena tuvo respaldar así:

«(…) frente al señor José Fernando Echeverry Murillo no se configuró la inhabilidad establecida en el artículo 32 del Acuerdo 05 de 28 de febrero de 2005 y, por consiguiente, la presunción de legalidad que reviste el acto de elección demandado no fue desvirtuada, razón suficiente para confirmar la sentencia apelada.

 

3. DECISIÓN

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, en Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

FALLA:

PRIMERO: CONFÍRMASE la sentencia proferida el 29 de agosto de 2019 por medio de la cual la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Quindío negó las pretensiones de la demanda.

SEGUNDO: ADVERTIR a los sujetos procesales que contra lo resuelto no procede ningún recurso.

Finalizo acuñando una célebre frase -«Los muertos que vos matais gozan de cabal salud’- que nos permite enviarle un mensaje claro y concreto a la comunidad universitaria y a la sociedad en general. Continuaremos con la tarea a la que nos comprometimos, sin escatimar esfuerzo alguno, en aras de consolidar una universidad Pertinente Creativa Integradora y acreditada institucionalmente.»

JOSE FERNANDO ECHEVERRY MURILLO
RECTOR

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