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Tribunal tumbó ordenanzas que dejaban sin recursos a Gobernación del Quindío para entregarlos directamente a los municipios

El Tribunal Administrativo del Quindío -TAQ- declaró la nulidad de la ordenanza 012, que había sido aprobada por la Asamblea departamental del Quindío el 13 noviembre de 2015, justo antes de que la exgobernadora Sandra Paola Hurtado entregara su cargo al sacerdote Carlos Eduardo Osorio.

En esta ordenanza se dictaba que los recursos que se recaudaran por la estampilla pro desarrollo del departamento del Quindío tenían qué ser destinados a los municipios, las Empresas Públicas de Armenia -EPA- y las Empresas Públicas del Quindío -EPQ-.

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El pasado 21 de abril, también el TAQ había anulado las ordenanzas 10 y 11 también, mediante las cuales la exgobernadora Hurtado pretendía transferir los recursos, que por ley deben ser manejados por el gobierno departamental, a los municipios, siendo ello un acto que vulnera la autonomía territorial departamental, el cumplimiento y ejercicio de sus competencias, así como la administración directa de sus recursos.

Estas ordenanzas afectaban los recursos de la gobernación para infancia y adolescencia y para el desarrollo de proyectos con los jóvenes del departamento.

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Las ordenanzas se cayeron gracias a la demanda que Jorge Andrés Buitrago Moncaleano y Jorge Arango Mejía, exmagistrados de la Corte Constitucional, instauraron contra la Asamblea departamental por su accionar.

Jorge Hernán Gutiérrez, presidente de la asamblea departamental, explicó que al quedar en firme el fallo, las ordenanzas iniciales que fueron modificadas cobran vigencia, es decir, la competencia para el manejo de recursos continuaría en cabeza del gobernador.

Con información www.cronicadelquindio.com

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