No va más la prohibición para consumir alcohol y psicoactivos en espacio público

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El Artículo del Código de Policía que establecía como uno de los factores que alteran la tranquilidad y el espacio público, el hecho de consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas en lugares abiertos, fue tumbado por la Corte Constitucional.

De acuerdo con la alta corte, la norma es muy general y afecta derechos como el libre desarrollo a la personalidad: “El artículo dice que cualquier consumo de cualquier sustancia en cualquier cantidad da lugar a una medida correctiva. En ese caso si por ejemplo una familia tiene un almuerzo campestre en un parque y de pronto alguien se toma una cerveza estaría, ese comportamiento, incurso en la medida. La verdad es que ese comportamiento no tiene la potencialidad de dañar el espacio público”, explicó la magistrada ponente Diana Fajardo.

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Sin embargo la alta funcionaria explicó que esto no implica que no haya ningún tipo de control, pues en el mismo Código de Policía se establecen medidas preventivas y correctivas para quienes realmente afecten la convivencia, dejando claro que no es por consumir sino por el comportamiento.

“Si alguno con una sola cerveza se descontrola pues la Policía puede intervenir, no porque haya consumido cerveza sino porque está agrediendo a otra persona, entonces lo que se está protegiendo aquí realmente es que no haya alteraciones, pero lo que la Corte encuentra es que no necesariamente el consumo va a generar esa alteración”, indicó.

Fueron seis votos a favor y uno en contra de la decisión, que no cobija el tema de la dosis mínima, pues este sigue vigente.

El decreto que permite a las autoridades decomisar la dosis mínima o cualquier tipo de sustancia podría sufrir alteraciones, pero al respecto la corte no se ha pronunciado.


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