El concejal Néstor Fabián Herrera Fernández perderá su credencial como concejal, de acuerdo a lo decretado por el Consejo de Estado, a causa de una demanda en la que se denunció que para la fecha de las elecciones para la corporación, la esposa del edil, Katherine Pulecio Gómez, se desempeñaba como contralora provincial de la gerencia departamental del Quindío.
Ya el tribunal Administrativo del Quindío se había pronunciado el pasado 3 de junio en primera instancia, a favor del corporado, argumentando que este no estaba incurso en inhabilidad como lo había expuesto el demandante Alejandro Rodríguez Torres.
Por esta razón el demandante decidió apelar la decisión del Tribunal, y remitió el caso al Consejo de Estado, donde se decidió revocar la decisión del Tribunal.
De acuerdo con el documento revelado por La Crónica del Quindío, el Consejo de Estado señala “revocar la sentencia proferida el 3 de junio de 2016, por medio de la cual el Tribunal Administrativo del Quindío negó las pretensiones de la demanda, para en su lugar declarar la nulidad del acto de elección del señor Néstor Fabián Herrera Fernández como concejal del municipio de Armenia período 2016-2019” y agrega “advertir a los sujetos procesales que contra lo resuelto no procede recurso alguno”.
La decisión se tomó basada en el artículo 43.4 de la ley 136 de 1994, modificado por el artículo 40 de la ley 617 de 2000, que dice:
“DE LAS INHABILIDADES DE LOS CONCEJALES. No podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital:
1. (…)
4. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o distrito”.
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