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Quiénes son los 7 soldados de Batallón de Génova que violaron a niña indígena y aceptaron el aberrante hecho

Quiénes son soldados Batallón Génova violaron niña indígena

7 soldados regulares, adscritos al Batallón de Alta Montaña General Urbano Castellanos Castillo del Ejército Nacional con sede en Génova, Quindío, y que estaban sirviendo de de apoyo al Batallón de Artillería San Mateo de Pereira, son los acusados de abusar sexualmente de una niña Embera, de 12 años de edad, en el corregimiento Santa Cecilia del municipio de Pueblo Rico, Risaralda.

Los depravados militares, que aceptaron haber cometido el despreciable acto, tras audiencia de imputación de cargos son: Juan Camilo Morales Poveda, Jaír Steven González, José Luís Holguín Pérez, Juán David Guaidi Ruiz, Óscar Eduardo Gil Alzate, Jeisson Andrés Isaza Zapata y Luís Fernando Mangareth Hernández.

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A los implicados un juez penal con funciones de control de garantías los envió a una guarnición militar, ante la solicitud de medida de aseguramiento en centro de reclusión por parte de la Fiscalía.

La niña había desaparecido el pasado domingo 21 de junio, sobre las 5:00 p.m., cuando salió a recoger guayabas en la zona. Su familia angustiada la buscó toda la noche, hasta que en la mañana del lunes lograron ubicarla con graves lesiones físicas y mentales.

El desgarrador relato de la pequeña víctima, que le contó a la Fiscalía cómo cada uno de los soldados la violó uno detrás del otro y le tapaban la boca para que no gritara, fue contundente a la hora de solicitar prisión para los pederastas soldados.

La familia de la niña ha asegurado sentir miedo, porque asegura que “son pobres y que los soldados del Ejército involucrados en el hecho los conocen”.

 

Fiscalía insinúa que la niña «consintió» la violación

La Fiscalía General de la Nación imputó los cargos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años a los soldados implicados, sin embargo, por la narración de los hechos de la familia y de la menor, según abogados penalistas, el delito que debió ser imputado es el del acceso carnal violento, por la naturaleza de los hechos.

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El problema en la definición del delito es que el acceso carnal abusivo está contemplado en el Código Penal y podría tener una pena dos años más baja que el acceso carnal violento. Además este delito pone en tela de juicio el hecho de que la niña indígena de 12 años, haya dado o no su consentimiento para sostener relaciones sexuales con estos hombres.

Según la Fiscalía, «ese fue el tipo penal que se ajusta, según las evidencias y el dictamen de Medicina Legal», pero para abogados penalistas esto no tiene mucho sentido, pues no se concibe el hecho de que una niña consienta un encuentro sexual con 7 hombres que además están armados.

Esto, podría significarle a los militares, una condena mucho más baja en el contexto, lo que genera un desazón y claramente el abuso sexual si es menos penado que el acceso carnal violento».

Con información: publimetro.co

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