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En Medellín el primer sancionado 25 años sin licencia por transporte público ilegal

Los conductores de vehículos particulares que sean sorprendidos por las autoridades de tránsito, prestando el servicio público de transporte, de manera ilegal, podrán quedar sin licencia de conducción hasta por 25 años.

Así lo anunció la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, durante un encuentro con entes gestores y organismos de transporte masivo en la Sociedad Portuaria de Cartagena.

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Y decía la verdad, pues en Medellín fue sancionado el primer conductor, de Uber, con la suspensión se su licencia hasta el 10 de mayo de 2043.

Se trata de Juan Carlos Rendón, de 54 años de edad, había sido sorprendido en días anteriores y ahora por reincidir le fue aplicada la severa sanción.

La próxima vez que este hombre pueda estar al frente de un volante tendrá 79 años.

Don Juan Carlos ha intentado conocer por qué su castigo es tan grande, pero para que le entreguen la resolución que explica su falta debe pagar 47.000 pesos de las fotocopias, dinero que no tiene porque está sin trabajo.

El ciudadano afirmó que le están violando su derecho al trabajo y que están cometiendo una injusticia. “Un abogado con el que yo hablé me dijo que ese castigo era para una persona que había matado a alguien o que lo encontraran en estado de embriaguez y ese no es mi caso”, señaló.

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Por qué tomaron la medida en MinTransporte

Una vez que hizo el anuncio, la ministra Ángela María Orozco dijo que: “existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales».

«Estamos convencidos que con un mayor control ciudadano y sanciones más drásticas a quienes infrinjan la Ley, habrá menos espacios para exista la corrupción”, agreg+o.

En ese sentido, la Circular emitida por el Ministerio de Transporte, reitera a las autoridades de tránsito y a los conductores, que está completamente prohibido que vehículos particulares, sin permiso, presten cualquier servicio de transporte público, salvo las excepciones consagradas en la Ley 769 de 2002.

La Circular reza: “se suspenderá la licencia de conducción por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares” y en caso de reincidencia y una vez cancelada la licencia de conducción el conductor solo podrá volver a solicitarla pasados 25 años.

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