Condenan a la Uniquindío por evaluación irregular de obra literaria de profesor de filosofía

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Condenan a la Uniquindío por evaluación irregular de una obra literaria de profesor de filosofía al que injustamente acusaron de plagio.

En una decisión judicial que pone en entredicho los procedimientos internos de evaluación académica, el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Armenia condenó en noviembre de 2024 a la Universidad del Quindío por negar injustificadamente el aval a una obra literaria del doctor Gabriel Ocampo Sepúlveda, profesor del programa de Filosofía, vulnerando su derecho al debido proceso.

Un caso que inició en 2019

De acuerdo con lo informado por el diario El Quindiano, el conflicto se remonta a 2019, cuando durante un congreso de Filosofía en Bucaramanga, Ocampo acordó con otro docente la escritura conjunta de un libro.

La obra abordaba un tema que ambos habían trabajado anteriormente y del cual una parte ya había sido publicada en una revista de la Universidad La Gran Colombia -UGC- en Armenia.

Previendo un posible caso de autoplagio, consultaron con la UGC, que autorizó la publicación siempre que se citara la fuente anterior como referencia bibliográfica. Así lo hicieron.

El libro fue publicado en 2020 como producción académica, con la finalidad de cumplir un requisito para la nivelación salarial. Sin embargo, meses después, la Universidad del Quindío, a través de Asuntos Profesorales, rechazó el material al alegar que contenía plagio.

Según el informe, el Consejo de Facultad de Ciencias Humanas y Bellas Artes concluyó que existía autoplagio porque «no se indicaba qué parte había sido publicada anteriormente», algo que Ocampo asegura es falso, pues la fuente fue debidamente citada.

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Acusaciones de persecución y evaluación irregular

El entonces director del programa de Filosofía, Camilo Andrés López, fue señalado por Ocampo como uno de los responsables de una presunta persecución académica derivada de denuncias internas que él había realizado en años anteriores.

La situación se agravó cuando, al presentar una nueva producción académica para ascender en el escalafón docente, fue nuevamente acusado de plagio.

Esta vez, el libro fue evaluado por Carlos Mario Fisgativa, magíster y colega de la misma universidad, lo que contradice el estatuto docente que exige evaluación por un par externo con título igual o superior, es decir, otro doctor.

“La evaluación fue ilegal desde su origen. Además, Fisgativa era parte del Consejo Curricular del Programa de Filosofía, que no tenía competencia para ese proceso”, afirmó Ocampo.

Una cadena de irregularidades

Durante año y medio, el Comité de Asignación de Puntajes -Ciarp- y el Consejo de Facultad se remitieron mutuamente los documentos del caso, sin llegar a una solución de fondo.

Finalmente, tras la intervención del ministerio de Educación, que señaló que el libro debió ser enviado desde el principio a un par externo, se encargó una evaluación a un experto acreditado por Colciencias. Este dictaminó que no había plagio, respaldando la originalidad de la obra.

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Sin embargo, la Universidad decidió ignorar ese concepto y mantener como válido el informe anterior de Fisgativa. Ante esto, Ocampo acudió a instancias judiciales.

El fallo judicial

La sentencia del Juzgado Séptimo fue contundente: la Universidad del Quindío violó el debido proceso al negar el aval sin fundamentos claros y con procedimientos incorrectos. El fallo obliga a la institución a:

  • Reconocer la obra como producción académica válida.
  • Enviar el libro a un par académico externo para su calificación.
  • Aplicar el puntaje otorgado a la nivelación salarial del profesor.
  • Pagar una indemnización a Ocampo Sepúlveda.

No obstante, la compensación económica fue calificada por el docente como insuficiente para los años de perjuicio moral y profesional que enfrentó. También apeló la decisión en busca de un reconocimiento retroactivo más justo de su salario.

Hasta el momento de esta publicación la Uniquindío no se había pronunciado oficialmente sobre el caso.

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