El alcalde encargado de Armenia, Jorge Fernando Ospina Gómez, objetó los 2 documentos de Plan de Desarrollo, es decir que no sancionó ninguna de las versiones del Proyecto de Plan de Desarrollo que le hicieron llegar los concejales hace 2 semanas, y le solicitó al concejo municipal remitir para su sanción el Acuerdo 165 del 12 de junio de 2020 con sus 37 artículos (incluidos los de la polémica).
Ospina Gómez señaló que la administración municipal no encontró alternativa jurídica para corregir, solventar o subsanar las irregularidades cometidas por el Concejo al aprobar dos Planes de Desarrollo para la capital del Quindío y al objetarlos busca evitar que actos administrativos viciados o contrarios a derecho tengan efectos en el ordenamiento jurídico y causen traumatismos a la administración de Armenia.
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Argumenta que hay falsedad en documento público y abuso de función pública, pues el documento del 16 de junio fue presentado con firmas digitales no autorizadas y agrega que sacar los artículos 35 y 36 (Los de la polémica) que ya habían sido aprobados por el Concejo de Armenia, muestra una indebida interpretación del artículo del reglamento interno y agrega que la revocatoria del 15 de junio se considera no ajustada a derecho, por lo que los dos artículos deben permanecer en el acuerdo.
En cuanto al segundo documento —que sí contenía los artículos 35 y 36— el mandatario esgrime que este plan fue remitido al despacho sin la firma del segundo vicepresidente, ni la del secretario de la corporación, lo cual es una violación del artículo 138 del reglamento interno del concejo.
Los artículos de la polémica:
Los artículos 35 y 36, que fueron aprobados por el concejo en sesión del 12 de junio y que luego fueron retirados para la aprobación del nuevo documento del Plana de Desarrollo el 16 de junio, otorgan facultades al alcalde, que en opinión de expertos, son casi dictatoriales».
El alcalde podrá contratar empréstitos hasta por $60 mil millones, podrá adelantar reformas a la estructura orgánica de la administración municipal, las funciones de las dependencias, las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, suprimir o fusionar entidades descentralizadas y la constitución de sociedades de economía mixta para adecuar la administración a los requerimientos señalados en el plan.