Tribunal confirmó fallo que niega a la gobernación del Quindío Acción Popular sobre la forma en que se elige gerente de EPQ

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Tribunal confirmó fallo que niega Acción Popular presentada por la gobernación del Quindío sobre la forma en que se elige gerente de EPQ.

Este 1 de agosto la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo del Quindío -TAQ- confirmó en segunda instancia el fallo proferido por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Armenia en el cual se negó Acción Popular presentada por la gobernación del Quindío, y que buscaba cambiar la forma en que se elige el gerente de EPQ.

De acuerdo con los argumentos del gobierno departamental, los procesos que se utilizan actualmente para la elección del gerente de EPQ no son los idóneos, dado que excluyen al socio mayoritario que es la misma gobernación, a través de un mecanismo creado como lo es la asamblea de alcaldes, y que por tanto, además de otros argumentos jurídicos, la gerencia debe ser de libre nombramiento y remoción.

A estas razones el juzgado, en sentencia del 26 de mayo de 2025, respondió que en términos comerciales es improcedente que un juez popular anule los efectos de un acto societario, esto refiriéndose a las pretensiones de cambio de estatutos que la gobernación demandaba.

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Ese fallo fue apelado por el gobierno departamental, por lo que le correspondió al TAQ dar trámite al proceso que fue decidido en segunda instancia este viernes, con sentencia desfavorable a las pretensiones de la gobernación en la Acción Popular.

Descargue el fallo del TAQ dando clic aquí

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