A un mínimo de 30 metros a lado y lado y no a 15 metros, como dice en el actual Plan de Ordenamiento Territorial -POT- de Armenia, deben estar las franjas de protección del cauce de ríos, quebradas y cuerpos de agua en la ciudad.
Así lo determinó el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Armenia que declaró la nulidad parcial de los artículos 90, 91, numeral 1 del artículo 96, numeral 11 del artículo 98 y el artículo 106 del Acuerdo 019 de 2009, expedido por el Concejo Municipal, en lo que tiene que ver con las franjas protectoras de 15 metros a lado y lado del cauce de las fuentes hídricas que pasan por o se encuentran en el área urbana de Armenia.
En contexto: Artículos del POT de Armenia, que habían sido suspendidos, vuelven a estar vigentes de manera provicional
La demanda contra los artículos del POT fue presentada por el procurador ambiental Carlos Alberto Arrieta y el abogado Andrés Quiceno contra la alcaldía de Armenia teniendo en cuenta varias normas nacionales con las rondas y quebradas que deben respetar los constructores,
Según el fallo, el POT de Armenia vulnera el artículo varias normas de mayor jerarquía a nivel nacional, y vulnera derechos de los ciudadanos por la afectación de los ríos y quebradas por parte de la maquinaria de la construcción en la región.
Además el fallo obliga a la alcaldía de Armenia deben realizar un estudio técnico que determinar las fajas de protección del recurso hídrico en la ciudad.